OBJETIVO
La reducción de la dispersión normativa, que busca ordenar el Derecho mediante la codificación, al procurar cuerpos normativos que recojan de modo sistemático las reglas que imperan en determinadas materias, hace que el sistema jurídico brinde mayor seguridad al ciudadano, al aplicador y al productor de las normas. Asimismo, la certeza jurídica colabora con la economía de un país, dado que estimula el comercio internacional y las inversiones.
En mi contribución del pasado 23 de junio del 2017, publicada en este mismo espacio, expuse que una tarea pendiente en Costa Rica, es la codificación normativa, es decir, hacer o formar cuerpos de leyes metódicos y sistemáticos lo cual, sin duda, contribuye a la simplificación y calidad del Derecho.
En Francia, por ejemplo, desde décadas atrás, un órgano creado de forma permanente, es decir, la Comisión Superior de Codificación, presidida por el Primer Ministro, se ha encargado de realizar labores de codificación de distintas ramas del sistema jurídico. En España, por su parte, esa labor se lleva a cabo desde un órgano adscrito al Ministerio de Justicia.
En el caso francés, aún luego de esa labor de la referida Comisión, en el estudio del año 2016 del Consejo de Estado, titulado Simplificación y Calidad del Derecho, se planteó la necesidad de desarrollar tres programas: el de codificación, determinando los códigos a crear y los códigos a refundir; el de leyes y decretos unificadores y el de refrescamiento de los códigos vigentes.
No se conoce, en nuestro país, en tiempos recientes, esfuerzo alguno en ese sentido, si bien no cabe duda de la pertinencia de llevarlo adelante. No es, siquiera, tema de debate en el sistema político. Históricamente, luego del impulso codificador de Braulio Carrillo Colina, que dio lugar al Código General del Estado de Costa Rica en 1841, han sido muy escasos los esfuerzos de sistematizar la legislación, uno de ellos, el de la Comisión Codificadora de juristas de 1882, de la cual procede el Código Civil aún vigente, que fue sin duda su producto más representativo.
DONDE INICIAR
La labor que se ha venido llevando a cabo mediante el programa del Sistema Nacional de Legislación Vigente (SINALEVI), desde la Procuraduría General de la República, permite contar con un punto de partida sólido. Hoy día se conoce, con certeza, la totalidad de la normativa en vigor. Esta labor titánica, facilita en gran medida todo esfuerzo codificador. La variedad de normas vigentes, sus contradicciones, antinomias y lagunas, son más fáciles de identificar a partir de esa labor encomiable del SINALEVI.
Es preciso, de seguido, descifrar ámbitos en los cuales la dispersión normativa es más marcada y donde ocasiona mayores inconvenientes, para iniciar ahí las tareas de codificación.
No hay duda que, en la actualidad, una de esas materias en donde es urgente refundir la legislación dispersa, es la materia ambiental. La propia Sala Constitucional ha calificado este campo, como “un conjunto fragmentado, caótico y ambiguo de normas sectoriales que regulan aspectos puntuales quedando serias lagunas y antinomias, todo lo cual también dificulta, seriamente, la gestión ambiental por parte de los entes públicos encargados de la materia” Res. No.1923-2004, Sala Constitucional.
Otro campo, en donde es obvio el interés de un esfuerzo codificador, es el del urbanismo, en el cual, no sólo debe lidiarse con los planes reguladores cantonales, lo que es inevitable, sino además, con normas dispersas que regulan dicho ámbito del ordenamiento jurídico desde una perspectiva sectorial (vialidad; requerimientos constructivos; código sísmico; “código” eléctrico; seguridad humana; etc.)
Un pequeño esfuerzo del Poder Ejecutivo, sea desde el Ministerio de Justicia y Gracia o de la Presidencia de la República, en asocio con el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, la Asamblea Legislativa, la Procuraduría General de la República, la academia y colaboración técnica de gobiernos amigos, permitiría hacer la diferencia y llevar a cabo esta labor urgente.
Lo cierto, sin embargo, es que, como señala el Consejo de Estado francés, la codificación es finalmente útil sólo si la actualización de los códigos es el objetivo de una inversión suficiente y continua.