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Autoridad Nacional de Competencia: su desarticulación

Autoridad Nacional de Competencia: su desarticulación

He abogado, en varias ocasiones, por el refuerzo de la independencia funcional de la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom), a la cual la ley le ha confiado la determinante tarea de velar por la libre competencia, principio jurídico de nivel constitucional (artículo 46 Constitución Política).

La Coprocom debería poseer una independencia funcional aún mayor a la que le garantiza su régimen desconcentrado (en grado máximo), dentro del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC). Lamentablemente, los temores de una intervención arbitraria de órganos políticos en el quehacer de la Coprocom, en los cuales fundé esa tesis, han venido a confirmar la necesidad de reforzar la indepedencia de la Comisión.

La Comisión ha sido objeto de dos importantes atentados en contra de su independencia funcional: el Ministro del MEIC ha decidido, unilateral y oficiosamente, anular una decisión de la Coprocom, sin potestad para ello. Por otra parte, el mismo Ministro optó por desmantelar la organización de la Coprocom, sustrayéndole el manejo de las investigaciones de conductas anticompetitivas, según le compete por disposición legal.

Invasión funcional de la Coprocom

Una polémica decisión de la Comisión que impuso una elevada sanción económica a una empresa del ámbito financiero, ocasionó la intervención unilateral del Ministro del MEIC, de cuya jerarquía está legalmente sustraída la Coprocom. El Ministro del ramo dispuso la anulación de ese acuerdo en el momento en el cual estaba sujeto al control de legalidad en la vía constitucionalmente prevista para ello, es decir, en la jurisdicción contencioso administrativa. Dicho proceder quebranta, de modo grosero, todas las garantías de independencia funcional de la Coprocom hasta ahora respetadas por los múltiples Ministros que han ocupado el cargo desde la creación de la referida entidad.

Esta postura, aún estando amparada en un previo dictamen de la Procuraduría General de la República que ignora la ausencia de una relación de jerarquía que permita al Ministro anular la decisión de la Coprocom, no puede cohonestarse. Con o sin razón, la postura del Ministro del MEIC es una señal del claro irrespeto al Estado de Derecho y que contradice las exigencias, por ejemplo, de organismos internacionales.

La definición de si la decisión era o no legítima, debió producirse en la vía jurisdiccional competente a la cual habían acudido los afectados, nunca pudo ser resuelto del modo que lo fue, pues de esa forma se desconocen las garantías de independencia funcional de la Coprocom, desarticulándose de ese modo su régimen orgánico y causando una gran inseguridad jurídica.

Desmantelamiento de la Coprocom

El Ministro del MEIC, no contento con esa grave lesión al Estado de Derecho, ha emprendido una campaña de debilitamiento funcional de la Coprocom, sustrayéndole personal, así como gestionando, sin éxito, una “reestructuración” rechazada por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, pero que, de hecho, ya había ordenado implementar. Dentro de las medidas de reestructuración, se encuentra la creación de un órgano, sujeto a la jerarquía del Ministro, al cual “…el Jerarca pueda solicitar estudios de diferentes mercados y sectores, donde se pueda determinar si se están realizando prácticas anticompetitivas…”.

La propuesta, sin embargo, ha sido desestimada por el Mideplan en primera instancia, en el tanto se ha considerado, con razón, que esa pretendida función le compete a la Coprocom por disposición legal, la cual cuenta con una Unidad Técnica de Apoyo con funciones similares a la que se pretende trasladar a nuevos órganos a lo interno del MEIC (artículo 26 ley 7472).

El hecho de que la Coprocom, en efecto, posea deficiencias claras en su gestión, como en específico, la excesiva tardanza en la instrucción de los procedimientos sancionadores, lejos de poder fundar un desmantelamiento e invasión de sus funciones, debería justificar todo lo contrario, es decir, una campaña para fortalecerla, atribuirle mayores garantías de indepedencia funcional y recursos humanos y materiales, de modo que sea capaz de cumplir con las fundamentales tareas de velar por la libre competencia que la ley le atribuye. Corresponde, por ello, que órganos de control político, como los Diputados de la República, intervengan para que este tipo de medidas de concentración del poder sean neutralizadas políticamente, en beneficio del interés público económico. Paralelamente, es de esperar que ese tipo de medidas sean censuradas por la OCDE al momento de examinar el régimen de protección de la libre competencia. Quedan así informados sobre estos atentados a la independencia de la Coprocom.

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